La impunidad del obispo Livieres
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La impunidad del obispo Livieres
Enrique Vargas Peña
El sacerdote católico del Verbo Divino, Mario Sotelo, fue denunciado por abuso sexual ante el obispo de Ciudad del Este (con jurisdicción eclesiástica sobre los departamentos de Alto Paraná y Canindeyú) el 11 de enero del 2010 por un joven que tenía 16 años en el momento de los hechos.
El obispo Rogelio Livieres Plano tomó en esa fecha conocimiento de los hechos, según comunicado publicado por el vicario general de
El obispo de Encarnación, Ignacio Gogorza, me confesó el jueves pasado, también en radio, que él tomó conocimiento de esos hechos “hace dos meses”. Y que por ellos tomó la decisión de postergar la asignación de tareas pastorales a Sotelo en su diócesis (Itapúa).
El denunciante relata que en el marco de su educación religiosa y, específicamente, de los preparativos de su Primera Comunión (que
Esta consistió en diagnosticarle un payé (una forma de acción diabólica) que solamente podía ser curado mediante la interrupción de relaciones heterosexuales y el inicio de relaciones homosexuales.
El denunciante acusa a Sotelo de ser quien cumplió con la prescripción.
Es evidente que el denunciante era un creyente comprometido, no solamente porque estaba en proceso de dar cumplimiento a los ritos para acceder al sacramento de
Parece lógico presumir, en consecuencia, que el denunciante creía en la autoridad moral de los sacerdotes y obispos de
El joven creía tanto en esa autoridad moral que, al menos al principio, estuvo incapacitado para ofrecer resistencia: Era un agente de Dios el que le estaba dando las recomendaciones. Era un promotor de
Creo que nadie se atrevería a discutir con seriedad la autoridad (“
Estos hechos están tipificados en los artículos 130, 133 y 136 del Código Penal paraguayo.
El obispo Livieres no solamente conoce perfectamente el Código Penal, como es su obligación constitucional hacerlo (artículo 127 de
A pesar de eso, luego de tres audiencias de investigación que le dieron todavía más datos sobre los hechos, desarrolladas según el comunicado del vicario Collar el 29 de enero, el 5 de febrero y el 26 de febrero del 2010, el obispo Livieres resolvió guardar el caso, no ponerlo en conocimiento del Ministerio Público.
Hay dos cartas de
Una, de noviembre de 1985, en la que el entonces cardenal Ratzinger recomienda “…considerar (en casos de abuso sexual de menores por parte de sacerdotes) el bien de
Otra, del 18 de mayo del 2001, ya entregada como instrucción general a todos los obispos del mundo por orden directa del papa Juan Pablo II, en la que el cardenal Ratzinger dispone que “los casos de este tipo quedan sometidos al Secreto Pontificio (Huiusmodi causae secreto pontificio subiectae sunt –según el original en latín)”.
Esta instrucción del 2001, ordena a los obispos remitir todos los antecedentes de denuncias de abuso sexual de menores a
Debe ser con el propósito de que la prensa paraguaya no profundice este tema y lo cubra con un ominoso manto de oscuridad que el obispo Mario Melanio Medina hizo ayer o anteayer una extraña declaración (quid pro quo) a favor del diario ABC –que yo comparto plenamente–.
El obispo Medina no debiera preocuparse tanto, considerando que la impunidad de Sotelo y Livieres está totalmente asegurada por fiscales y jueces que violan todos los días
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